Trámites

Relación de costos de los servicios ofrecidos por la EESPP "Tarapoto"

Licencia de Estudio

La licencia de estudios es el permiso otorgado al estudiante matriculado para ausentarse de la EESP por motivos de índole personal o de salud.
En la EESP pública la licencia de estudios, no puede exceder de los cuatro (4) ciclos académicos consecutivos o no consecutivos. La EESP privada establece el tiempo de duración de licencia de estudios en su Rl. Si el periodo de licencia finaliza sin que el estudiante se haya reincorporado o solicitado una ampliación, siempre que esta no exceda de los cuatro (4) ciclos académicos, el estudiante es retirado de la EESP.
1. Formato único de trámite.
2. Ficha de Matrícula.
3. Documentos justificatorios que motivan la licencia (Certificado Médico, Constancia de Trabajo, otros)

Convalidación

La convalidación es el proceso mediante el cual se reconocen las capacidades adquiridas por el estudiante al validar sus calificaciones obtenidas en un PE para aplicarse a otro de similar contenido, estimando su peso crediticio. La sola convalidación no conduce a un título o certificación, sino que permite la incorporación o continuación en el proceso formativo.
La convalidación podrá otorgarse cuando el curso a convalidar tenga una similitud en contenido, en por lo menos el 70 %, al curso de destino. La convalidación es aplicable a los procesos de traslado y reincorporación y otros procesos previstos en el RI, y procede siempre que el tiempo de interrupción de los estudios no exceda de los cinco (5) años. En caso de reingreso a la EESP a través del proceso de admisión, el ingresante puede solicitar la convalidación de estudios previo a la finalización del proceso de matrícula y siempre que cumpla con lo establecido en el párrafo precedente. No procede la convalidación de lo siguiente: a. Cursos desaprobados b. Cursos del componente curricular de formación específica, excepto si proviene de la misma carrera profesional o PE c. Cursos del área de práctica o de investigación correspondientes a los ciclos VII al X, en caso de cambio de carrera o especialidad Para que proceda la convalidación, el curso a convalidar debe tener igual o mayor número de créditos que el curso de destino. Solo se admite la convalidación de un (01) curso por otro. En caso que la EESP haya dejado de funcionar, la obtención del grado de bachiller en otra EESP se sujeta al proceso de convalidación. La EESP podrá atender casos de convalidación de estudios solicitados por egresados de IEST con grado de bachiller técnico o título profesional técnico. La EESP podrá establecer en su RI la equivalencia en créditos en casos de planes de estudios que no cuenten con dicha información. Para ello, se requieren los sílabos como requisito indispensable.
1. Formato único de trámite.
2. Certificado de estudios del semestre(s) a convalidar
3. Copia del sílabo de las asignaturas a convalidar.
4. Recibo de pago por los semestres estudiados

Certificado de Estudio

El Certificado de Estudios es un documento oficial que registra las asignaturas, áreas o sub áreas cursados por el estudiante con su respectivo calificativo, por cada semestre, así como el promedio ponderado respectivo. El Certificado de Estudios es elaborado por la Secretaría Académica a solicitud expresa del usuario en formatos oficiales enviados por la Dirección de Educación Superior Pedagógico y cuyo costo se regula según el TUPA
1. Formato único de trámite.
2. Cuatro fotografías tamaño pasaporte blanco y negro o a color fondo blanco.
3. Recibo de pago por derecho de Certificado de Estudios

Titulación

En el marco de la calidad, la acreditación profesional o titulación constituye un criterio de calidad que permite evidencias la eficiencia en los procesos de formación de los estudiantes de los Institutos y Escuelas de Educación Superior. Los estudiantes de las carreras docentes y artísticas son considerados egresados al culminar sus estudios con la aprobación de los créditos correspondientes del plan de estudios de la carrera. Los docentes titulados demuestran competencia profesional y cualidades personales para: * Su inserción laboral asumiendo de manera responsable la formación de sus estudiantes. * Responder de manera pertinente a las demandas educativas del entorno rural y urbano. * Desenvolverse con eficiencia académica en los diferentes campos en los que se desempeña. * Investigar permanentemente sobre el hecho educativo con la finalidad de innovar y mejorar su desempeño pedagógico.
1. Formato único de trámite.
2. Decreto Supremo que autoriza la Creación del Instituto (Copia simple)
3. Resolución Ministerial o Resolución Directoral que aprueba la Carrera (Copia simple)
4. Decreto Supremo que autoriza la Reinscripción del Instituto (Copia simple)
5. Partida de Nacimiento Original (Declaración jurada en el caso de no existir archivos documentarios por desastres naturales)
6. Declaración Jurada
7. Copia de DNI autenticada
8. Certificado de Estudios de Educación Secundaria Original (Visados por la UGEL)
9. Certificado de Estudios de Educación Superior Original (Visados por la DREA)
10. Constancia de aprobación de Examen de Suficiencia
11. Acta de Titulación
12. Nómina de Expeditos
13. R.D. que Autoriza el Grado Traslado, Convalidación y otros si fuera el caso
14. Título original debidamente caligrafiado y copia autenticada, sin fecha, debidamente firmado y sellado por el Director General y por el interesado, con fotografía (pegada y sin sello del IESPP)
15. (04) Fotografías actuales a colores, tamaño pasaporte, de frente y en fondo blanco (además de la que viene pegada en el Formato de Título)
16. Comprobante de pago por derecho de titulación, de conformidad con el TUPA de la DREA